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Redacción de Planes de Emergencia y Planes de Autoprotección
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Se consideran situaciones de emergencia previsibles: incendios, avisos de bomba, presencia de paquetes sospechosos, inundaciones, grandes nevadas, derrumbamientos, explosiones, terrorismo, terremotos, derrames de sustancias y mezclas peligrosas, escapes de gases, accidentes, enfermedades y cualquier otra situación que pudiera afectar directamente a los ocupantes del edificio e hiciera necesaria su evacuación.
Antes estas situaciones la legislación vigente obliga a disponer y mantener planes de autoprotección y de emergencias.
En caso de ser necesario por normativa la realización de un Plan de Autoprotección (PAU), la redacción y elaboración del mismo seguirá el índice de contenidos recogido en el anexo II del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA) de los centros, establecimientos y dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
ACTUALIA para abordar este proyecto, pone a su disposición un equipo técnico experto en planimetría para abordar tanto planes de localización y emplazamiento del centro, planos de distribución con indicación del uso de cada espacio, planos en los que figuren los sectores de incendio, los recorridos de evacuación y las salidas de emergencia; planos en los que se localicen los medios de detección, alarma, lucha contra incendios y primeros auxilios. Incluso planos “Está Ud. aquí” (planos evacuación).
El Plan de Emergencia recoge todas las medidas de carácter técnico y organizativo necesarias para responder a cualquier emergencia con una actuación coordinada y eficaz.
Su contenido está definido en los anexos y capítulos de la Norma Básica de Autoprotección (RD 393/2007) y debe también contemplar lo que al respecto se recoja en los desarrollos normativos que las Comunidades Autónomas y/o Entidades Locales pudieran haber realizado para sus respectivos ámbitos, así como normativa derivada de reglamentaciones sectoriales.
ACTUALIA desarrolla planes a la medida de las necesidades de los clientes y de forma imprescindible con el contenido exigido por la legislación de referencia, explicitando entre otros:
– Medidas de actuación ante emergencias.
– Medidas de implantación del Plan de Emergencia.
– Medidas para el mantenimiento de la eficacia y actualización del plan de emergencias.
– Directorio del personal de emergencias y formas de comunicación.
– Todos los planos necesarios y requeridos. planes de localización y emplazamiento del centro, planos de distribución con indicación del uso de cada espacio, planos en los que figuren los sectores de incendio, los recorridos de evacuación y las salidas de emergencia; planos en los que se localicen los medios de detección, alarma, lucha contra incendios y primeros auxilios. Incluso planos “Está Ud. aquí” (planos evacuación).
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