Obligatoriedad de CAI en instalaciones de más de 70 kW

22 abril 2015 | CAI | Lectura: Lectura: 1 minutos
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Han pasado dos años desde que el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios), en la última modificación de las normativas con fecha 13 de abril de 2013, obliga a la revisión de la calidad ambiental en las instalaciones que funcionan con una potencia útil mayor de 70 kW. La Instrucción Técnica 3.3, “Programa de mantenimiento preventivo” obliga a la revisión de la red de conductos según criterio de la norma UNE 100012 y revisión de la calidad ambiental según criterios de la norma UNE 171330, y pudiendo ser comprobada mediante inspecciones sanitarias. Son muchas las horas que pasamos en el interior de las oficinas, despachos y lugares de trabajo y poco el control higiénico-sanitario y de confort que se realiza en ellos. Tendríamos que responder a preguntas tan básicas como: ¿Por qué me duele la cabeza, tengo náuseas y mareos?, ¿Por qué se irritan los ojos, nariz y garganta?, ¿Por qué hace tanto frío o calor?, etc. Problemas de ventilación, acumulación de determinados contaminantes, falta de limpieza en los sistemas de acondicionamiento de aire, etc., son las causas que originan los problemas que nos encontramos en nuestros puestos de trabajo. Pueden diferenciarse Enfermedades relacionadas con el edificio (ERE) que no desaparecen cuando dejo el edificio y Síndrome del Edificio Enfermo (SEE) que sí desaparecen.

El RITE establece en su artículo 37 que las instalaciones térmicas deben disponer de un registro en el que se recojan todas las operaciones de mantenimiento, incluidas las revisiones  referidas. Los informes de revisión de CAI e higiene deben formar parte de esos registros.

La norma UNE 171330 dispone que el informe de revisión de CAI debe realizarse y firmarse por un Técnico Superior de CAI (TSCAI).La formación específica necesaria para este tipo de revisiones implica tener conocimientos de instalaciones, pero también de aspectos relativos a salud ambiental, contaminación, microbiología, etc. Por otra parte la norma UNE 100012 remarca la importancia de la independencia del que realiza la inspección respecto del que realiza las acciones correctoras, sean las limpiezas e higienizaciones o algunas de las acciones de mantenimiento.

ACTUALIA dispone de técnicos superiores en CAI

ACTUALIA dispone de técnicos superiores en calidad de ambientes interiores (TSCAI), nuestra experiencia y cualificación nos permite determinar las causas de los problemas asociados a la falta de Calidad de Ambientes Interiores (CAI). Damos cobertura al cumplimiento del RITE en materia de cumplimiento de las normas UNE 100012 y UNE 171330, realizando las auditorías correspondientes de CONFORMIDAD obligatorias del RITE. Pida presupuesto sin compromiso. Instalaciones sujetas al cumplimiento del RITE en materia de Calidad Ambiental Interior son los centros deportivos, hoteles, centros comerciales, hospitales, centros de enseñanza, edificios de oficinas, etc.

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