El estándar IFS Logistics ha vuelto a publicar una nueva versión (v3.0) que será de obligado cumplimiento desde el 1 de diciembre de 2024, siendo posible evaluarse en este nuevo estándar desde el 1 de junio de 2024.
Son múltiples los nuevos requisitos y las nuevas orientaciones a los requisitos que establece este estándar. Con este artículo, damos finaliza la revisión la nueva versión del estándar IFS Logistics por el que se ha viajado a lo largo de la secuencia de artículos que hemos venido publicando.
Como último bloque a comentar, pasamos a comentar el quinto capítulo del estándar dedicado a las “Mediciones, Análisis y Mejoras”.
En el nuevo apartado de “Seguimiento del control de cantidades (en caso de un servicio de procesamiento: etiquetado y/o clasificación simple de frutas y verduras destinadas al consumidor final)”:
Se definirán criterios de cumplimiento para controlar la cantidad del lote. Se implementará y mantendrá un sistema de frecuencia y metodología para el control de cantidad para cumplir con los requisitos legales del país o países de destino y los acuerdos con el cliente (por ejemplo, especificaciones).
- Se implementará y registrará un seguimiento del control de cantidades, de acuerdo con un plan de muestreo que garantice una representación adecuada del lote de fabricación. Los resultados de este seguimiento deberán cumplir con criterios definidos para todos los productos listos para ser entregados.
Aquí invitamos a las empresas de esta tipología de servicios logísticos a reforzar su metodología de control de cantidades y a informarse sobre la legislación de aplicación, por ejemplo, para sus equipos de medición de peso y/o volumen.
En el apartado de “Gestión de Productos No Conformes”:
Se documentará, implementará y mantendrá un procedimiento para la gestión de reclamaciones de productos y de cualquier notificación escrita de las autoridades competentes –en el marco de los controles oficiales–, cualquier ordenación de actuaciones o medidas a adoptar cuando se identifiquen incumplimientos.
Destaca la necesidad de documentar debidamente el protocolo de actuación ante desviaciones detectadas por clientes y autoridades competentes.
En el apartado de “Gestión de desviaciones, no conformidades, correcciones y acciones correctivas”:
Se documentará, implementará y mantendrá un procedimiento para la gestión de correcciones y acciones correctivas para el registro, análisis y comunicación a las personas relevantes de las desviaciones, no conformidades y productos no conformes, con el objetivo de cerrar las desviaciones y/o o no conformidades y evitar recurrencias mediante acciones correctivas. Esto incluirá un análisis de causa raíz, al menos para las desviaciones y no conformidades relacionadas con la seguridad, legalidad, autenticidad y/o recurrencia de las desviaciones y no conformidades del producto. Cuando se identifiquen desviaciones y no conformidades, se implementarán correcciones.
Se ve reforzada las buenas prácticas que se venía defendiendo, y ya exigiendo, para gestionar las desviaciones. Partiendo de una adecuada descripción de la desviación frente al requisito, la aplicación de acciones inmediatas para solventar el problema y la realización de un análisis de la causa raíz del problema para poder implementar realmente acciones correctivas eficaces, es decir, lo necesario para que la situación identificada no vuelva a repetirse.
Además de los requisitos anteriores, hay otros no citados que no hemos considerado necesario destacar en este artículo. Como decíamos anteriormente, damos por finalizada la revisión de la nueva versión del estándar IFS Logistics por nuestra parte.
El equipo de ACTUALIA está a su total disposición para informarle sobre cómo afrontar los requisitos del estándar IFS Logistics en su organización.