¿Cómo registrar un Sistema Individual de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAP) en la Comunidad Valenciana en materia de envases?

1 abril 2024 | Normativas | Lectura: Lectura: 3 minutos
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La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio de la Generalitat Valenciana, a través del “Servicio De Prevención, Reutilización, Fomento Del Reciclaje y Gestión Circular De Recursos” pone a disposición de los productores de producto afectados el trámite de “Comunicación previa de constitución e implantación de un sistema individual de responsabilidad ampliada del producto en materia de envases”.
Este trámite, que se encuentra disponible desde el 14 de marzo de 2023, pretende salvaguardar los requisitos de responsabilidad ampliada del productor de productos envasados descritos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

La tramitación está abierta durante todo el año y es necesario abordarlo previamente al inicio de la actividad del sistema individual. Puede realizarse telemáticamente a través de la web de la tramitación.

Para su tramitación se requiere:

  1. Cumplimentar y entregar un formulario oficial de solicitud, según el modelo normalizado disponible. Dentro de este formulario se requiere información básica identificativa.
  2. Aportar el Justificante del pago de la correspondiente tasa por servicios administrativos. El importe de esta tasa asciende a 103,95 euros. Se puede ampliar información sobre las tasas administrativas de intervención ambiental a través de este link.
  3. Elaborar una memoria descriptiva del sistema individual que incluya, al menos, la información prevista en el anexo XIII de la Ley 7/2022 y en el anexo V del Real Decreto 1055/2022; tal y como:
    1. Datos de identificación del productor, y en su caso, de su representante autorizado: domicilio social, NIF, información y persona de contacto. Indicación de si el productor es fabricante, importador o adquirente intracomunitario.
    2. Ámbito territorial de actuación.
    3. Identificación (categoría, material y peso) de los envases puestos en el mercado anualmente y una estimación anual en peso, por categoría (domésticos, comerciales e industriales) y material, de:
      1. Los residuos que se prevén generar (identificando el código LER).
      2. Los residuos de envases y envases usados que se destinarán a reutilización, a reciclado, a valorización y a eliminación de los recogidos separadamente, expresada en peso y en porcentaje respecto a lo recogido.
    4. Símbolo con el que se identifican los envases reutilizables, y en su caso, los envases de un solo uso.
    5. Descripción de la organización del sistema de reutilización de envases usados, si procede, incluyendo los puntos de recogida.
    6. Descripción del sistema de organización de la gestión de residuos de envases, incluyendo los puntos de recogida y su localización, tipos de contenedores utilizados, frecuencias mínimas de recogida para su máxima efectividad y destinos previstos de los residuos recogidos. Incluyendo una estimación de los residuos que se prevén recoger anualmente (en peso), por código LER y por CCAA; así como los porcentajes de preparación para la reutilización, reciclado u otras formas de valorización y eliminación previstas.

    7. Identificación de los gestores a los que se asigne las operaciones de recogida y tratamiento de los residuos de envases, así como de las plantas o instalaciones que se hagan cargo de los residuos para su tratamiento; aportando su código de inscripción como gestores.
    8. Copia de la garantía financiera suscrita de conformidad con el artículo 25 del RD 1055/2022.
    9. Copia de los contratos suscritos y de los acuerdos celebrados para las operaciones de recogida y tratamiento de los residuos de envases.
    10. Forma de financiación de las actividades, con una estimación de los gastos previstos de gestión de residuos de envases y envases usados, así como el detalle de financiación de estos.
    11. Procedimiento de recogida de datos y de suministro de información a las administraciones públicas, en cumplimiento de las obligaciones de información reguladas en este real decreto.
    12. Identificación de los acuerdos establecidos con otros sistemas de responsabilidad ampliada del productor, de su código de identificación como SRAPs y de los contenidos de dichos acuerdos relevantes a los efectos de este real decreto.
    13. Identificación de los acuerdos establecidos con los poseedores finales de los residuos comerciales e industriales, cuando estos últimos asuman, en nombre de los productores, la responsabilidad de la organización de la gestión de los residuos de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.6 y 42.5 del RD 1055/2022.
  4. Acreditación de la suscripción de la garantía financiera. La cuantía de esta garantía financiera se determina según la fórmula del anexo IX del Real Decreto 1055/2022 y debe constituirse a través de cualquiera de las modalidades establecidas en el Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.

El equipo de ACTUALIA tiene la posibilidad de poder ayudarle en este camino, si su organización se encuentra inmersa en este proceso regulatorio; así como en otros requisitos asociados al Registro de Productores de Producto.

Inscripción en el registro de productores de producto (sección envases)

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